La Fiscalía de Gipuzkoa pide un año y medio de prisión para cada uno, mientras la acusación particular exige tres años de pena y 60.000 euros por daños debido a la difusión del vídeo.
La difusión masiva de un vídeo de contenido sexual grabado en la calle a través del teléfono móvil vuelve a ser motivo de juicio en Gipuzkoa. Seis personas se enfrentan a una pena de tres años de prisión acusadas de seis delitos contra la intimidad, por haber compartido un vídeo de dos personas manteniendo relaciones sexuales en San Sebastián, que había sido grabado y difundido sin el consentimiento de la pareja. Las imágenes fueron tomadas en 2016 y se volvieron virales. En las mismas se identificaba a una mujer, cuya identidad también fue difundida a través de fotografías obtenidas de sus redes sociales. La perjudicada denunció los hechos y la investigación policial permitió identificar a seis personas que iniciaron el hilo de difusión. La persona que grabó el vídeo no ha podido ser identificada.
La grabación de contenido sexual se realizó sobre las 5.00 horas de la madrugada del 30 de julio de 2016, en los soportales de la plaza Gipuzkoa de San Sebastián. Según el relato de hechos descrito por la Fiscalía de Gipuzkoa en su acusación, la mujer estaba manteniendo relaciones sexuales con un varón cuando un tercero no identificado comenzó a grabarles, «con ánimo de atentar contra la intimidad» de ambos y «sin su consentimiento». Esta persona, tras obtener las imágenes del encuentro sexual, procedió a «difundir» las mismas «por medios telemáticos», de tal manera que «en cuestión de horas se convirtió en un archivo de difusión masiva», que se compartió principalmente a través de Whatsapp.
La Fiscalía considera que los seis acusados, todos varones, fueron compartiendo el vídeo en diferentes grupos de dicha aplicación de mensajería. Así, uno de ellos lo recibió y lo envió al grupo donde estaba otro de los acusados, que a su vez lo envió a otro grupo en el que participaba otro de los encausados, y así sucesivamente. Por tanto, el vídeo llegó a seis grupos de Whatsapp diferentes a través de ellos. El Ministerio Público sostiene que los acusados lo compartieron «a sabiendas de su origen indebido y con ánimo de atentar contra la intimidad de las personas que en él participaban», por lo que les considera autores de seis delitos contra la intimidad. Y pide para cada uno de ellos una pena de un año y seis meses de cárcel y 3.600 euros de multa.
Además, solicita una indemnización de 6.000 euros para la víctima, «que sufrió un estado de gran postración emocional al ver comprometida su imagen pública», dado que el vídeo llegó a su «entorno personal, familiar y laboral». La Fiscalía considera que concurren las atenuantes de confesión, ya que los seis procesados han reconocido que compartieron el vídeo y aportaron a la Policía todos los datos para poder realizar la investigación. También la atenuante de dilaciones indebidas, por la prolongación de la instrucción de la causa, iniciada en agosto de 2016 y que finalizó el septiembre de 2020.